La DGT dejará de enviar notificaciones en papel a las empresas desde mañana

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  • Recuerda que deben tener una Dirección Electrónica Vial

La Dirección General de Tráfico (DGT) aconseja a las empresas que tengan una Dirección Electrónica Vial (DEV) porque a partir de este martes dejará de enviarlas notificaciones en papel.

Todas las personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación (titulares de vehículos en el Registro de Vehículos) o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo deberán disponer de una DEV antes del 1 de noviembre y deberán facilitar un correo electrónico y/o un teléfono móvil para poder recibir los avisos de puesta a disposición de las notificaciones que puedan tener pendientes de leer.

Para darse de alta en la DEV tan solo es necesario disponer de un certificado digital en vigor. En caso de no hacerlo, la DGT asignará de oficio una Dirección Electrónica Vial a la empresa, la cual recibirá de forma electrónica las notificaciones de tráfico.

Al hacerse la asignación de oficio, la DGT no podrá enviar los avisos de las notificaciones pendientes al correo electrónico o teléfono móvil, ya que no dispondrá de esos datos, pero igualmente la notificación quedará disponible en el buzón de la DEV, al cual se deberá acceder de forma periódica para consultar si hay notificaciones pendientes.

Para informar de esta obligación que tienen sólo las personas jurídicas, la DGT lanzará este miércoles una campaña divulgativa en redes sociales y en su web que se mantendrá activa durante todo este mes de octubre y con la que se dará difusión a esta noticia con el fin de que todas las empresas queden debidamente informadas.

La Dirección Electrónica Vial es un buzón electrónico en el que cualquier persona, física o jurídica, puede darse de alta para recibir las notificaciones de tráfico y los avisos e incidencias relacionados con las autorizaciones administrativas que la DGT deba hacerle llegar de manera telemática y con los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel.

El alta es voluntaria para las personas físicas, pero obligatoria para las jurídicas, que, a partir del próximo 1 de noviembre, dejarán de recibir notificaciones en papel y solo se las informará de forma electrónica a través de la DEV.

(SERVIMEDIA)

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