El despacho de ABRAIRA ABOGADOS, Don MARCELINO ABRAIRA PIÑEIRO tiene encomendado la defensa de la «ASOCIACION DE VECINOS MESTANZA Y LOMAS DE CANTARRANAS», relativo a la EDAR NORTE de Málaga que pretende la Junta de Andalucía ubicar en citada vega, situación actual con posterioridad a la rueda de prensa comunicada el 1 de agosto de 2024.
En la anterior comunicación se hacía mención a los Contenciosos planteados el 31 de julio de 2024, que de los que ya tienen conocimiento, tratando de evitar que se ubique la EDAR norte en la Vega de Mestanza.
Pues bien, entendiendo que la aprobación del Conve1io entre la Consejería de Agricultura y los Ayuntamientos de Málaga, Torremolinos, Alhaurín de la Torre, Alhaurín el Grande y Cártama, que aceptan la ubicación en la Vega, y se van a beneficiar de la misma ,tras comentarlo con la Asociación que represento de Mestanza y Lomas de Cantarranas , y puesto que la firma de este Convenio pudiera ser constitutivo je presunto delito de prevaricación, previsto y penado en el artículo 404 del código penal, en el día de hoy se ha presentado ampliación de denuncia penal ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Málaga en las Diligencias Previas 1326/2022, que son las que ya se han planteado en su día, ampliación que se realiza contra las siguientes personas:
1. La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía, que habrá de ser citada en la persona de su legal representante, D. Ramón Fernández Pacheco Monterreal en la calle Tabladilla, s/n, 41013 Sevilla.
2. El Ayuntamiento de Málaga, que habrá de ser citado en la persona de su alcalde D. Francisco Manuel de la Torre Prados sita en la Casa Consistorial Avenida de Cervantes, 4. 29016 Málaga.
3. El Ayuntamiento de Torremolinos que habrá de ser citado en la persona de su alcaldesa Dª Margarita del Carmen del Cid Muñoz en la sede municipal sita en PI. Bias lnfant,3, 1, 29620 Torremolinos, Málaga
4. Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre que habrá de ser citado en la persona de su alcalde D. Joaquín Villanova Rueda en la sede municipal sita en Plaza Alcalde Calle Antonio Vega González, s/n, 29130 Alhaurín de la Torre, Málaga.
5. El Ayuntamiento de Alhaurín el Grande, que habrá de ser citado en la persona de su alcalde D. Anthony Bermúdez Beltrán en la sede municipal sita en calle Convento, s/n, 29120 Alhaurín el Grande, Málaga.
6. El Ayuntamiento de Cártama, que habrá de ser citado en la persona de su alcalde D. Jorge Gallardo Gandulla, en la sede municipal sita en calle Juan Carlos 1, 62, 29570 Cártama, Málaga.Además de la declaración como investigados de los alcaldes y el consejero citado, se solicita del juzgado que el Sr. Médico Forense del juzgado de instrucción, reconozca a diversas personas que viven en Mestanza y consecuencia de esta actitud de la Administración con la Vega continuada en el tiempo, les ha afectado a su salud y de ello informará el cité1do médico forense al juez.
También se pide del juzgado , que se cite como testigo al Excelentísimo Sr. Presidente de la Junta de Andalucía, D. Juan Manuel Moreno Bonilla, que habrá de ser citado en a Junta de Andalucía , dirección en AVENIDA ROMA (PALACIO SAN TELMO), S/N, C.P. 41013 Sevilla, el cual recientemente tuvo una reunión con la Junta directiva de la Asociación, que estuvo acompañado de técnicos de la junta , en la cual se ilustró perfectamente de la problemática planteada por los vecinos avalados por los informes propios y al objeto de preguntarle cuales son las razones de llevar cuatro años con continuos cambios y modificaciones , pero insistiendo en la Vega de Mestanza cuando a todas luces es la peor de las ubicaciones tenidas en cuenta; reunión de la cual salieron esperanzados , según manifiestan lo:; dirigentes de mi representada, lo que no tiene justificación alguna con que a los pocos días firmar la Consejería y los cinco alcaldes la culminación de la ubicación de la EDAR NORTE en la Vega de Mestanza, que repetimos, por activa y por pasiva, es una aberración jurídica y técnica , que cuesta hacerla cinco veces más que en las otras ubicaciones, que es inundable, que múltiples veces ha rechazado el Tribunal Supremo ubicación de depuradoras en tales zonas cuando haya al menos una que no lo sea y de todo ello se le preguntará al Excelentísimo Sr. Presidente de la Junta para que aclare la separación, a juicio de esta parte, del cumplimiento del derecho que a tenor de los informes periciales de mis representados y desde un punto de vista jurídico, en nuestra opinión, bajo ningún concepto ni técnico ni jurídico, es posible la ubicación en la Vega de Mestanza.
Por último se solicita del juez, ordene a la Junta con carácter urgente que paralice cualquier actuación relacionada con la construcción, expropiación y funcionamiento de la EDAR NORTE en la Vega de Mestanza, Gijón 12 de agosto de 2024